RECAUDACION DE IMPUESTOS Y NOVEDADES FISCALES
La recaudación de impuestos en España, durante 2021, ha tenido un crecimiento espectacular, jamás registrado. Mientras que la economía (Producto Interior Bruto) ha crecido en torno al 5%, la recaudación crecerá cerca del 15%. A fecha de hoy la recaudación tributaria supera ya con creces, la que había antes de la pandemia.
La evolución tan positiva tiene sorprendidos a los responsables de la Agencia Tributaria, y seguramente es como consecuencia de varios motivos: la generalización del gasto con tarjetas en vez de efectivo; el afloramiento de mucha economía sumergida como consecuencia de las ayudas por el Covid; el incremento de medios materiales y humanos de la Agencia Tributaria, que a través de Gestión, Inspección y Recaudación persigue al detalle el cumplimiento de la norma, por parte del contribuyente; el aumento del empleo, en especial de las plantillas públicas y la abundancia de liquidez, entre otros.
NORMAS FISCALES EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO
El día 29 de diciembre se ha publicado la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022. Las novedades fiscales, gracias a Dios, han sido mínimas.
Los cambios más importantes recogidos en materia tributaria son:
En cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. –
- Disminuye, de 2.000 a 1.500€ la aportación máxima reducible por aportaciones a planes individuales de previsión social.
- Régimen de estimación objetiva. Se prorrogan indefinidamente los límites establecidos en 2021 para aplicar este régimen especial.
Respecto al Impuesto sobre Sociedades. –
- Tributación mínima.- La cuota líquida no podrá ser inferior al 15 por 100 de la base imponible positiva (se trata de la base imponible después de aplicar las reservas de capitalización, de nivelación y por inversiones en Canarias, y de compensar Bases imponibles Negativas) en el caso de contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) sea al menos de 20.000.000€, durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo, y en el de los que tributen por el régimen de consolidación fiscal (en este caso cualquiera que sea su INCN). Es decir, no afecta a contribuyentes con cifra de negocio inferior a 20 millones de euros.
- Régimen especial de entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda. – Se reduce la bonificación de la cuota íntegra correspondiente a las rentas derivadas del arrendamiento de viviendas que cumplan los requisitos establecidos, del 85 al 40%. Esta claro que los gobernantes actuales entienden que no interesa bonificar a este tipo de empresas.
- Otras disposiciones con incidencia tributaria. – El Interés legal del dinero: se fija para 2022 en el 3% (misma cuantía que en los años anteriores). El Interés de demora: se fija para 2022 en el 3,75% (misma cuantía que en años anteriores).
OTRAS MEDIDAS FISCALES APROBADAS EN 2021
En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. –
- Nuevas deducciones por obras en viviendas para reducir el consumo energético. La deducción y la base de deducción varía según la mejora.
Plusvalía Municipal. – La Sentencia declarando inconstitucional este impuesto ha obligado a una nueva regulación, que permite calcular la Base imponible de dos formas, y escoger la que más nos interese.
Valor de Referencia de los inmuebles. – A partir del 1 de enero de 2022, cualquier transmisión de inmuebles que se haga deberá de tener en cuenta este valor. Este valor servirá de Base Imponible mínima del Impuesto sobre Transmisiones y del Impuesto sobre sucesiones y donaciones, salvo que el valor declarado sea superior.
El valor de Referencia se determinará por la Dirección General del Catastro.
Recargos por declaraciones extemporáneas. – Los recargos han disminuido, si la declaración se presenta en los 12 meses siguientes al plazo establecido. El recargo por cada mes de retraso es el 1%. Es importante tener en cuenta esta novedad y ser diligente, pues ante cualquier error u olvido, lo mas rentable es presentar la declaración en el menor plazo posible.
Reducciones en las sanciones. – Se amplían las reducciones cuando el contribuyente da conformidad a la liquidación de Hacienda, y realiza el ingreso en plazo voluntario.
Pagos en efectivo. – Se reduce a 1.000€ el importe máximo que podrá pagarse en efectivo, en las operaciones en las que intervenga un empresario o profesional.
FUTURAS NORMAS FISCALES
Beneficios fiscales de las startups. – Se espera que a lo largo del año se apruebe esta ley que prevé un régimen fiscal muy favorable para las empresas, para los inversores y para los trabajadores.
Reforma Sistema Tributario. – Hacienda creo el año pasado un Comité de Expertos que debe entregar sus propuestas antes del 28 de febrero del 2022. Preparémonos para lo peor.